Reglas 

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Título X: Disposiciones Finales.- 

Regla 165ª.- La Junta de Gobierno, podrá redactar un Reglamento de régimen interior, donde se especifiquen normas particulares, que será aprobado en Cabildo General convocado al efecto (N.19).

Regla 166ª.- De conformidad con el C. 1280, la Junta de Gobierno, constituirá la Junta de Economía, formada por el Hermano Mayor, Mayordomo 1º, Prioste 1º y dos hermanos de libre elección, pertenecientes o no a la Junta de Gobierno (N.52).

Regla 167ª.- Los acuerdos, normas, estatutos de régimen interior, etc. así como dibujos de medallas, escudos, insignias, etc. serán incorporados como apéndices a estas Reglas.

Regla 168ª.- La modificación parcial o total de las Reglas, tiene que ser siempre estudiada e informada por la Junta de Gobierno, aprobada en Cabildo General Extraordinario de la Hermandad, convocado a dicho efecto y confirmada su aprobación, por Decreto de la Autoridad Eclesiástica correspondiente.

Regla 169ª.- Todo acuerdo de Cabildo General, previamente convocado al efecto, disposición o decreto de la Autoridad Eclesiástica, que afecten o modifiquen en alguna materia, las normativas de estas Reglas, serán incorporadas en anexos sucesivos y de obligado cumplimiento.

Regla 170ª.- Esta Hermandad queda obligada al cumplimiento de estas Reglas y observancia de las mismas y a cuanto se acuerde en Cabildo General o en Cabildo de Oficiales, como ampliación o desarrollo de ellas.

Regla 171ª.- Igualmente queda obligada esta Hermandad, al cumplimiento de las disposiciones de la Autoridad Eclesiástica, Código de Derecho Canónico y normas dictadas por la Iglesia para su regulación y desarrollo.

Regla 172ª.- Si decayera el espíritu de esta Hermandad, hasta el punto de que solo quedara un hermano inscrito, en él recaerían los derechos de todos, subsistiendo la Hermandad.

Regla 173ª.- Si la Hermandad fuera disuelta o extinguida, sus bienes quedarían sujetos a lo que determine el Derecho Canónico.

Regla 174ª.- Las presentes Reglas, entrarán en vigor en todos sus aspectos, al momento de ser aprobadas por la Autoridad Eclesiástica.

"ALABADO SEA JESÚS SACRAMENTADO Y LA BIENAVENTURADA VIRGEN MARÍA"

"CAUSA DE NUESTRA ALEGRÍA"

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